Por una custodia responsable... decimos NO a una custodia compartida.
Las organizaciones de mujeres crean la web:
http://wwww.custodiaresponsable.org
Las
abajo firmantes, ante la actual tramitación del proyecto de Ley
de reforma
del Código Civil, y en relación a la custodia de los hijos
e hijas menores
queremos poner de manifiesto, que la base para su
regulación debe
sustentarse en la idea de que el ejercicio de la
custodia ha de ser
responsable.
La corresponsabilidad de la pareja, en todas las tareas de
cuidado y
atención de las hijas e hijos, exige un compromiso de ambos, hecho
que en nuestra sociedad está lejos de alcanzarse en condiciones de
igualdad, al reconocerse que no es el comportamiento generalizado de
las
madres y los padres en la actualidad. La corresponsabilidad ha
sido
reivindicada históricamente por las organizaciones de mujeres y
hoy en día
la sociedad lo admite como un objetivo a alcanzar. La
custodia responsable
no solo debe llevarse a efecto cuando la pareja
convive sino que también
debe existir en caso de ruptura, y ambos
progenitores deben cuidar de que
así sea, independientemente de cual
de los progenitores mantenga la guarda y
custodia de los menores,
incluso cuando opten por mantenerla ambos de forma
compartida.
La custodia compartida es un régimen excepcional, al que solo
podrá
accederse en caso de que ambos progenitores estén de acuerdo en
llevarlo a efecto, ya que es imprescindible una buena comunicación
entre
ambos, porque tendrán que intercambiarse información sobre el
menor y sus
necesidades con el fin de conseguir unificar pautas de
comportamiento hacia
el menor, para poder ofrecerle una estabilidad
emocional.
La
posibilidad de que el Juez imponga la custodia compartida, que
recoge el
proyecto de ley de modificación al Código Civil, sin previo
acuerdo y a
petición de uno de los progenitores, supondrá que la
misma se llevará a
efecto con la oposición manifiesta de una de las
partes o incluso de ambas,
pretendiendo con ello dar una solución al
conflicto de los adultos sin
considerar adecuadamente las necesidades
de los menores.
La mayoría
de los procedimientos de ruptura de las parejas se
tramitan mediante acuerdo
de las partes y solo una quinta parte se
tramitan de forma contenciosa,
siendo estos los más controvertidos y
en los que en general ambos
progenitores no mantienen ningún tipo de
comunicación o la misma se
encuentra muy deteriorada, siendo muy
difícil su recuperación y a veces
imposible.
En estos casos existen muchas más probabilidades de que el
menor sea
utilizado como arma arrojadiza por parte de los adultos, lo que
repercutirá no solo de forma negativa en su formación, sino también
en
que puedan generarse situaciones de conflicto de forma habitual.
Queremos
hacer constar que el Proyecto de Ley no hace un tratamiento
igualitario para
mujeres y hombres. Entre otras cuestiones, la
eliminación absoluta de las
causas y la regulación de la pensión
compensatoria que se contempla en el
Proyecto, son aspectos que
perjudican fundamentalmente a las
mujeres.
Por ello,
INSISTIMOS EN LA NECESIDAD DE QUE LOS GRUPOS
PARLAMENTARIOS PROPONGAN
UNA ENMIENDA A LA REDACCIÓN DEL ART. 92 DEL CÓDIGO
CIVIL, EN EL
SENTIDO DE QUE SE ELIMINE LA POSIBILIDAD DE QUE EL JUEZ PUEDA
ADOPTAR
LA GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA EN UN PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO CON
OPOSICIÓN DE CUALQUIERA DE LAS PARTES O CUANDO EXISTAN DISCREPANCIAS
EN
LA FORMA DE ACCEDER A LA MISMA, YA QUE PARA LLEVARLA A EFECTO DE
UNA MANERA
EFICAZ, ES DECIR, QUE PROTEJA LOS INTERÉS DE LOS Y LAS
MENORES, SE NECESITA
UNA SITUACIÓN DE MUTUO ENTENDIMIENTO ENTRE AMBOS
PROGENITORES, DE LO
CONTRARIO SOLO SE ESTARIA INTENTANDO RESOLVER
SALOMONICAMENTE LOS CONFLICTOS
DE LOS ADULTOS. EN BENEFICIO DE TODAS
Y TODOS, POR UNA CUSTODIA RESPONSABLE.
POR UNA LEY DE DIVORCIO
IGUALITARIA PARA MUJERES Y HOMBRES.
...es
imprescindible que se elimine la posibilidad de que el juez
pueda adoptar la
guarda y custodia compartida en un procedimiento
contencioso con oposición
de cualquiera de las partes o cuando
existan discrepancias en la forma de
acceder a la misma, ya que para
llevarla a efecto de una manera eficaz, es
decir, que proteja los
interés de los y las menores, se necesita una
situación de mutuo
entendimiento entre ambos progenitores,
http://www.custodiaresponsable.org